Es importante avanzar con su regulación para garantizar estándares de calidad del servicio, objetivos claros y previsibilidad para los financiadores
Durante el 2020, el contexto de la pandemia dejó al descubierto la necesidad de dar respuestas novedosas y creativas a las problemáticas que se instalan como parte de la “nueva normalidad”. La internación domiciliaria es un servicio de salud con cada vez más usuarios a nivel mundial que podría ser clave para descomprimir el sistema de salud. Resulta importante incorporarlo a la agenda política para arribar a una reglamentación que permita el desarrollo de la actividad con un horizonte claro.
La internación domiciliaria (ID) representa un modelo organizado, capaz de dispensar un conjunto de atenciones y cuidados, similares a los hospitalarios, y complementarios a ellos, tanto en calidad como en cantidad, realizados en el propio domicilio del/la usuario/a, cuando sin ser indispensable la infraestructura hospitalaria, se requiere vigilancia activa y asistencia compleja. Se trata de un servicio que poco se conoce, aunque se desarrolla en todo el país, con la particularidad de tener el potencial de llegada a cada rincón del territorio.
Se estima que la internación domiciliaria asiste a más de 120.000 personas a nivel nacional y ocupa alrededor de 100.000 profesionales y auxiliares de la salud. Ha sido reconocida por la OIT como parte de la “economía del cuidado” entre las 10 actividades con mayor perspectiva de crecimiento en el mundo para los próximos 10 años.
En el actual contexto COVID, la ID podría ser una solución para descomprimir los establecimientos hospitalarios y liberar camas ante eventuales brotes del virus, e incluso reducir costos en el sistema, permitiendo disponer de esos recursos. Reglamentar al respecto, pensando en los usuarios, prestadores y financiadores aparece como una necesidad pero también una oportunidad como estrategia de intervención en salud.
En diversos estudios se evidenció, en parte, que el fenómeno de postergación de la ID como estrategia de intervención en salud se debe a que se la asocia fuertemente al final de la vida y a situaciones trágicas; y no aparece el potencial de la categoría en niveles en los que cualquier persona pudiera identificarse con la posibilidad de atravesar una internación en su domicilio.
Se precisa también más debate porque muchas veces se encuentran prejuicios equivocados en materia de ID. Se piensa sobre un posible incremento del riesgo ante una emergencia, la falta de accesibilidad y el precio alto en relación con la internación hospitalaria, aunque con más información, quedará claro que ello no es así.
El mundo contemporáneo tiende hacia la flexibilidad y adaptación de los servicios a las necesidades de los usuarios. Así lo demuestra la aplicación de la tecnología en pos de reforzar las nuevas tendencias de compra a distancia, trabajo remoto, educación a distancia, o entretenimiento vía “streaming” y “on demand”, por nombrar algunos ejemplos. La salud no está escindida de estos cambios culturales y desde ese marco es posible comprender el sentido de los últimos debates sobre la Telemedicina, la Receta Electrónica y la Historia Clínica Digital.
La ID se destaca como servicio de vanguardia, porque se ajusta a las nuevas demandas sociales y culturales; y sobretodo porque en todos estos años ha demostrado sus potentes beneficios, en cuanto a la influencia positiva en la recuperación y eficiencia de los tratamientos, contención emocional, prevención de patologías contraídas en el ámbito hospitalario, entre otros aspectos.
Es un desafío interesante poner en agenda al servicio de ID como parte del sistema de salud y para ello es vital la comunicación en todos los sentidos. Se debe contemplar una regulación que garantice estándares de calidad del servicio; objetivos claros y previsibilidad para los financiadores; capacitación y oportunidades de trabajo conjunto para los prestadores y acceso a la información sanitaria para dar a conocer a la población todas las opciones de asistencia, incluyendo la ID, facilitando la toma de decisiones informadas reconocidas como parte derecho a la salud y de los pacientes por la normativa nacional e internacional vigente.